El derecho a la ciudad. Surge como una crítica hacia las
condiciones y oportunidades no
equitativas de los habitantes. La población urbana tiene limitaciones para
cubrir sus necesidades básicas para la supervivencia y pocas posibilidades de
recreación, debido a que las ciudades han
sido blanco de políticas neoliberales que han construido enclaves o espacios
insulares y se han dejado de lado los espacios públicos, por otro lado, la
violencia ha ganado el dominio y uso del espacio urbano. Ante este contexto
surgen luchas urbanas de recuperación del espacio y conseguir mejoras en la
calidad de vida como un mejor acceso a los servicios y vivienda adecuada. Frente a estas problemáticas en el Primer
Foro Social Mundial se discutió formar un modelo basado en principios de
solidaridad, libertad, equidad, dignidad y justicia , social, así como el
respeto entre las culturas urbanas y equilibrar el espacio urbano con el rural.
En este foro surgió la Carta Mundial por el Derecho a la Ciudad, que recoge los
compromisos de sociedad civil, gobiernos locales y nacionales y otras
instituciones con el fin de defender los derechos ciudadanos y uno de ellos es
el derecho al acceso y uso de las tecnologías de la información y comunicación.
Derecho al acceso y al uso de las tecnologías de la
información: En la Carta Mundial por el Derecho a la Ciudad se señala que la
administraciones públicas no sólo deben proteger y garantizar este derecho,
sino también utilizar las TIC (Tecnologías de información y comunicación) para
democratizar realmente al acceso de todos los servicios de interés
general. Se apoya el uso de la
Ventanilla Única en el caso de la administración pública. Los barrios y colonas
tienen derecho al cableado, por ejemplo de fibra óptica si es posible.
El derecho a la información.
La globalización genera un flujo movimiento
de información, direcciones. Las organizaciones sociales y cívicas, los centros
de estudios y de investigación, sindicatos y cooperativas, etc. deben poder
acceder a las informaciones políticas, financieras o culturales que en muchas
ocasiones están resguardadas para minorías de poder económico o político. Las
actuales tecnologías de comunicación permiten el acceso, sino global si de una
gran audiencia, pero los privilegios de
los gobiernos y de los grupos económicos impiden la consulta.
El derecho a la
información supone el acceso real a informaciones de interés general, que ahora
gobiernos y empresas consideran confidenciales como acuerdos de compra-venta de
armamento o construcción de infraestructura, transacciones financieras,
contabilidad de empresas multinacionales, etc. Pero también supone el control
social internacional de los medios que determinan la producción y el acceso a
las informaciones como los bancos de
datos, las estadísticas adecuadas, el mantenimiento de páginas web, servidores,
etc.